LA RUTA DEL REVOCATORIO

Actualmente la oposición venezolana se encuentra en la fase inicial de activación de un Referendo Revocatorio en contra del presidente de la República, Nicolás Maduro. ¿Cuáles son los pasos que debe seguir este sector para que dicho mecanismo se cumpla y se realice dentro de los parámetros establecidos por la normativa venezolana vigente? A continuación, de forma breve, se lo comunicamos: 

Según el artículo 72 de nuestra Constitución, luego de transcurrida la mitad del período para el que fue elegido un funcionario público, un número no menor de 20% de los electores inscritos en el Registro Electoral, podrá solicitar la activación de un referendo para revocar su mandato. 


El período presidencial del actual jefe de Estado, es necesario indicar, cumplió su primera mitad el pasado 10 de enero de 2016.

Fases para activar un Referendo Revocatorio:

Fase I: Iniciativa de Referendo

El 1% de la población inscrita en el registro electoral (195.721 votantes) deberá estampar sus firmas, en un máximo de 30 días hábiles, en las planillas entregadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE). Las mismas tendrán que ser validadas posteriormente por dicha institución, en un lapso de 5 días continuos.

Fase II: Recolección de firmas para la convocatoria

En un lapso de 3 días hábiles deberá recolectarse el 20% de las firmas (3,9 millones de votantes) de la población inscrita en el CNE. Dichas rúbricas deberán recolectarse en los centros establecidos por el Poder Electoral.

Fase III: Convocatoria al Referendo

En el Referendo Revocatorio debe participar por lo menos el 25% del total del padrón electoral (4.900.000 votantes).

El total de votos para revocar el mandato del presidente Maduro debe ser superior a los 7.587.532. Esta cifra, recordemos, fue la que capitalizó el Primer Mandatario en 2013 cuando ganó las elecciones presidenciales.

Importante

De efectuarse el Referendo antes del 10 de enero de 2017, y si se revoca el mandato del jefe de Estado, asume el cargo por un mes el presidente de la Asamblea Nacional, ello hasta que el CNE convoque a nuevas elecciones y se elija a un nuevo Presidente o Presidenta.

De efectuarse el Referendo después del 10 de enero de 2017, y si se revoca al jefe de Estado, se encarga de la primera magistratura por el resto del período el vicepresidente de la República.

Todo este proceso podría tomar hasta 7 meses y medio (228 días).

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